Resumen: La Sala desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra el Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de agosto de 2022 por el que se aprobó la Hoja de Ruta para la gestión sostenible de las Materias Primas Minerales. Reproduce los fundamentos de la STS 1744/2023, de 2 de diciembre, dictada en el recurso 875/2022, donde la Sala ya examinó la naturaleza jurídica de ese documento y concluyó que carecía de las condiciones para ser incluido en el concepto de los «planes y programas» necesitados de evaluación ambiental, al tratarse de una declaración de intenciones de contenido general para lograr un objetivo que no supone la formalización de compromisos jurídicos concretos y exigibles. Tampoco es una disposición general ni un reglamento, afectando esa naturaleza jurídica a su tramitación, de forma que, cuestionando la recurrente la omisión de publicación de la apertura del trámite de información pública en el Boletín Oficial del Estado, razona la Sala que, además de lo dicho, basta señalar que la recurrente tuvo conocimiento de la elaboración del reseñado documento y formuló las alegaciones que tuvo por pertinentes y que las mismas fueron valoradas en el expediente. Sobre la falta de Evaluación Ambiental Estratégica, dada su naturaleza, el documento impugnado no precisaba obviamente del informe de Evaluación Ambiental Estratégica.
